Las Juntas Electorales Provinciales en Andalucía están compuestas por:
- Tres Vocales Magistrados o Magistradas de la Audiencia Provincial correspondiente, designados mediante insaculación por el Consejo General del Poder Judicial. Cuando no hubiere en la Audiencia de que se trate el número de Magistrados o Magistradas suficiente, se designará a titulares de órganos jurisdiccionales unipersonales de la capital de la provincia.
- Dos Vocales nombrados por la Junta Electoral Central entre Catedráticos y Catedráticas y Profesores o Profesoras Titulares de Derecho o de Ciencias Políticas y de Sociología o juristas de reconocido prestigio residentes en la provincia.
El Secretario o Secretaria de la Junta Electoral Provincial es el Secretario o Secretaria de la Audiencia respectiva, y si hubiere varios, el de más antigüedad.
Los Delegados o Delegadas Provinciales de la Oficina del Censo Electoral participan con voz y sin voto en las Juntas Electorales Provinciales respectivas.
Las Juntas Electorales Provinciales se constituyen inicialmente con los/las Vocales judiciales el tercer día siguiente a la convocatoria de elecciones. Estos eligen, de entre ellos, al Presidente o Presidenta de la Junta.
La designación de los/las Vocales no judiciales tendrá lugar una vez proclamadas las candidaturas. A este fin, las personas representantes de las candidaturas presentadas en el distrito propondrán conjuntamente las personas que hayan de desempeñar estos cargos.
Su mandato concluye cien días después de las elecciones. Si durante este período se convocasen otras elecciones, la competencia de las Juntas se entenderá prorrogada hasta cien días después de la celebración de aquéllas.
Competencias de las Juntas Electorales Provinciales
Además de las competencias expresamente mencionadas en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, corresponden a las Juntas Provinciales, dentro de su ámbito territorial, las siguientes:
- Resolver las quejas, reclamaciones y recursos que se le dirijan de acuerdo con la presente Ley o con cualquier otra disposición que le atribuya esa competencia.
- Ejercer potestad disciplinaria sobre todas las personas que intervengan con carácter oficial en las operaciones electorales.
- Corregir las infracciones que se produzcan en el proceso electoral siempre que no sean constitutivas de delito e imponer multas hasta la cuantía máxima prevista en esta Ley.
Las Juntas Electorales Provinciales, atendiendo siempre al superior criterio de la Junta Electoral Central, podrán además:
- Cursar instrucciones de obligado cumplimiento a las Juntas Electorales de Zona en cualquier materia electoral.
- Resolver de forma vinculante las consultas que le eleven las Juntas Electorales de Zona.
- Revocar de oficio en cualquier tiempo o, a instancia de parte interesada, dentro de los plazos previstos en el artículo 21 de esta Ley, las decisiones de las Juntas Electorales de Zona cuando se opongan a la interpretación realizada por la Junta Electoral Provincial.
- Unificar los criterios interpretativos de las Juntas Electorales de Zona en cualquier materia electoral.
Directorio de Juntas Electorales Provinciales en Andalucía
Almería
- Sede: Palacio de Justicia. Av. Reina Regente s/n, 1ª Planta. CP 04001 Almería
- Teléfono: 600155399
- Correo electrónico: juntaelectoralprovincialalmeria.cspe@juntadeandalucia.es
Cádiz
- Sede: Audiencia Provincial. Cuesta de las Calesas, s/n. 11071 – Cádiz
- Teléfonos: 956 902 244 / 956 902 247 / 956 902 215
- Correo electrónico: juntaprovincial.cadiz.cspe@juntadeandalucia.es
Córdoba
- Sede: Ciudad de la Justica C/ Isla Mallorca, s/n, módulo A, 3ª planta 14011 – Córdoba
- Teléfono: 647 562 861
- Correo electrónico: juntaelectoralprovincial.cordoba.dgob@juntadeandalucia.es
Granada
- Sede: Audiencia Provincial C/ Molino de la Corteza del Carmen, nº 10 – Bajo 18071 Granada
- Teléfono: 670 943 109
- Correo electrónico: juntaprovincial.granada.cspe@juntadeandalucia.es
Huelva
- Sede: Palacio de Justicia Alameda Sundheim, 26 2ª planta 21003 – Huelva
- Teléfonos: 662 975 726 / 662 975 727 / 662 975 688
- Correo electrónico: juntaelectoralprovincial.huelva.dgob@juntadeandalucia.es
Jaén
- Sede: Audiencia Provincial. Servicio Común de Tramitación. c/ Arquitecto Berges 16, 1ª planta. 23071 – Jaén
- Teléfonos: 662 978 871 / 662 978 872 / 662 978 890 / 662 978 880 / 662 978 874 / 662 978 888
- Correo electrónico: juntaprovincial.jaen.dgob@juntadeandalucia.es
Málaga
- Sede: Ciudad de la Justicia. c/ Fiscal Luis Portero, s/n, Málaga 29010 – Málaga
- Teléfonos: 677 982 012 / 677 982 013 / 677 982 014 / 677 982 015 / 677 902 598
- Correo electrónico: juntaprovincial.malaga.cji@juntadeandalucia.es
Sevilla
- Sede: Audiencia Provincial. Prado de San Sebastián, s/n – 3ª planta 41071 – Sevilla
- Teléfonos: 600 157 536 / 600 157 537 / 600 157 538 / 600 157 539 / 600 157 534 / 600 157 555
- Correo electrónico: juntaelectoralprovsevilla@gmail.com